COMUNICADO DEL 7 DE ENERO DE 2021

COMUNICADO DEL 7 DE ENERO DE 2021


Publicado el 07/01/2021 - 11:14


                7 de Enero de 2021

COMUNICADO

                Sirva el presente para dar traslado a los Federados de las medidas afectantes a la práctica colombicultora a partir de la entrada en vigor de la 

RESOLUCIÓN de 5 de enero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establecen medidas preventivas excepcionales y se modifican medidas contenidas en la Resolución de 5 de diciembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda nuevas medidas adicionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. [2021/79].

                2. En materia de actividad física y deportiva de la población en edad escolar de las etapas educativas de Infantil y Primaria fuera de la jornada escolar:

 2.1 Actividades deportivas de grupo y entrenamientos deportivos.

a) En las actividades deportivas grupales y en los entrenamientos deportivos podrán participar un máximo de 25 personas deportistas. En todo caso se procurará que los grupos sean estables y evitan los contactos con otros grupos de actividad o de entrenamiento.

 b) Así mismo, se promoverá la práctica de dinámicas deportivas individuales, que permiten garantizar la distancia de seguridad y que se desarrollan preferentemente al aire libre.

2.2 Competiciones deportivas.

2.1. No se permite la participación de personas escolarizadas en las etapas educativas de Infantil y Primaria en acontecimientos y en competiciones deportivas organizadas por personas o entidades públicas o privadas, en el marco de los Juegos Deportivos, del deporte federado o del deporte no federado.

 2.2. Considerando aquello que dispone el párrafo anterior, se suspenden temporalmente y mientras esté en vigor la presente resolución las competiciones deportivas de los Juegos Deportivos convocados por Resolución de 29 de julio de 2020, del consejero de Educación, Cultura y Deporte, por la cual se convocan los XXXIX Juegos Deportivos de la Comunidad Valenciana en edad escolar y se aprueban las bases por las cuales se regulan que se relacionan a continuación, así como aquellas competiciones de las categorías del deporte federado y del deporte no federado, equivalentes en edad, en las que participan personas escolarizadas en las etapas educativas de Infantil y Primaria:

 Categoría Año de nacimiento Curso escolar Prebenjamín o equivalente según modalidad Deportiva 2013/2014 1º y 2º Educación Primaria Benjamín o equivalente según modalidad depurativa 2011/2012 3º y 4º Educación Primaria Alevín o equivalente según modalidad deportiva 2009/2010 5º y 6º Educación Primaria.”

Manifestado cuanto antecede en cuanto a la práctica de la Colombicultura NO EXISTE modificación de la normativa anterior, por lo tanto, se mantienen las restricciones ya existentes, pudiendo desarrollarse la práctica de la colombicultura en las mismas condiciones que venía practicándose hasta el día de la fecha, salvo en aquellas poblaciones que resulten afectadas por el confinamiento de carácter transitorio acordado por la Generalitat, a saber:

Borriol, Atzeneta del Maestrat, Soneja, Jérica, Alcoy, Castalla, Polop, Llíria, Ayora, Utiel, Sollana, Guadassuar, Oliva, Daimús, Canals, Benigànim, Xàtiva, Moixent, Ontinyent, Cheste, Sinarcas, Anna, Quatretonda, Bonrepós i Mirambell, y del conjunto de municipios de Alfafar, Benetusser, Massanassa, Sedaví y Llocnou de la Corona.

Deberá cumplirse estrictamente con la normativa que ya estaba vigente, como se ha manifestado, si bien deberá tenerse en cuenta que el llamado “toque de queda” se avanza a las 22 horas (recordar que en la anterior resolución quedaba establecido a las 23 horas, salvo para los días de Nochebuena y Final de Año).

Recordando en todo caso que es de obligado cumplimiento el Protocolo Covid aprobado por esta Federación, debiendo evitar concentraciones excesivas de participantes o deportistas  debiendo hacer uso de mascarilla y gel hidroalcohólico, los cuales  venían siendo utilizados hasta el momento y que tan buenos resultados han procurado.

Del mismo modo NO se permitirá la asistencia a las sueltas de los federados en edad infantil o primaria, pudiendo hacer uso de la plaza COLOMBIJOVE que se mantiene, pero no pudiendo asistir personalmente a la competición.

 


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